Mané Castro Videla - Mujer Poeta y Artista Plástica Argentina - Española

lunes, 9 de septiembre de 2013

sábado, 7 de septiembre de 2013

FIRMA DE PETITORIO: LEY DE GRUPODEPENDENCIAS- LEY DE SECTAS



Necesitamos tu apoyo! Firma el petitorio para que los Diputados, Senadores de nuestro pais traten la ley de GrupoDependencia! Son solo 5 minutos y podes ayudar a muchisimas victimas! Muchas Gracias!

http://www.change.org/es-AR/peticiones/diputados-senadores-nacionales-y-poder-ejecutivo-de-la-republica-argentina-tratamiento-de-la-ley-de-grupodependencia-ley-de-sectas


http://www.change.org/es-AR/peticiones/ministerio-de-salud-regulación-de-centros-terapéuticos-crecimiento-personal-y-adicciones

Bases de Nuestro Proyecto de Ley
INTRODUCCIÓN
1.- Solicitamos que se cree un comité integrado por especialistas y víctimas de grupos/organizaciones coercitivos con la finalidad de elaborar un informe detallado de los grupos que funcionan dentro del país.

Solicitar al Estado Nacional que mediante una comisión especial (con especialistas de distintas disciplinas y legisladores) se investigue el funcionamiento e instalación en Argentina de grupos/organizaciones coercitivos y/o filosóficas de perfil destructivo, cuyas acciones impactan a numerosas sociedades, entre ellas la nuestra, recabando toda la información de las autoridades pertinentes, con el objeto de efectuar un diagnóstico de la realidad que vive el país en esta materia y formular proposiciones de carácter legal, administrativas u otras que se estimen convenientes, a fin de enfrentar, mediante la aplicación de una política de Estado, la existencia de tales grupos/organizaciones.-
Solicitar la creación de una Comisión Asesora que asesore a la Presidencia y a los Ministerios en este importante ámbito social, en el cual se inserta como un elemento destructivo la actividad coercitiva. Esta Comisión debería estar compuesta en forma tripartita (organismos públicos, entidades religiosas reconocidas y expertos). Los miembros actuarían ad honorem y debería tomarse recaudos (ejemplo en las causales de remoción) para asegurar la independencia de sus miembros en el ejercicio de sus funciones, y su consulta sería facultativa y su dictamen no vinculante. Una de las tareas más importantes que podría confiarse a dicha Comisión es la preparación de un proyecto de ley de reforma constitucional que enriquezca el actual artículo 14 y 19 con lo establecido en materia de libertad religiosa en los Pactos Internacionales y la experiencia mundial de las últimas décadas en estos asuntos. Así también promover a la formación de organizaciones especializadas, multiprofesionales, destinadas a evaluar preventivamente el tema y entregar material analítico a las diversas instancias institucionales y sociales, tales como organismos policiales, entidades educacionales y ministerios relacionados (Interior, Educación, Justicia y Economía). Finalmente, le correspondería propender la creación de unidades especializadas, en las distintas fuerzas de seguridad que tengan por objeto reunir y manejar la información sobre la materia; como así también capacitar al personal policial, con el propósito de que pueda abordar la materia en forma integral y especializada, tomando como referente, la experiencia y conocimientos con que cuentan las unidades policiales destinadas a enfrentar esta problemática en países donde el tema en la actualidad constituye un problema mayor.

Asimismo, se cree un Observatorio Interministerial de Grupos/Organizaciones Coercitivas, siguiendo los modelos francés y suizo, que tenga por objeto analizar el fenómeno de las de estos grupos/organizaciones sin personería jurídica, incentivar a los servicios públicos para tomar medidas contra grupos/organizaciones que atenten a la dignidad de la persona humana o amenacen el orden público; contribuir a la información y formación de funcionarios públicos en los métodos de lucha contra la grupo dependencia; informar al público sobre los peligros que encierra este fenómeno; participar en las reflexiones y trabajos que conciernen al tema de grupo dependencia (grupos/organizaciones coercitivas).
2. - Crear campañas de concientización en medios masivos así como también en establecimientos educativos sobre esta forma de violencia específica.

Realizar campañas de prevención y sensibilización, respecto de los peligros que puede conllevar el fenómeno de la grupo dependencia, dirigidas a la opinión pública y a aquellas instituciones del Estado, particularmente sensibles frente a la materia (Fuerzas Armadas y de Orden, Poder Judicial, Parlamento, Ministerio de Educación). Incorporar en el ámbito educacional formal del Estado y privado, de formación e información pedagógica sistemática, los elementos que den cuenta del complejo fenómeno social contenido en la existencia de grupos/organizaciones coercitivas con contenido religioso, filosófico, terapéutico, etc., poniendo énfasis en aquellas que tienen un claro perfil destructivo, en cuanto sus prácticas sociales e ideológicas son medios lesionantes de la dignidad de las personas, y ponen en grave riesgo la integridad física y psíquica de ellas.
3. - Crear un programa de apoyo psicológico, social y jurídico gratuito para las personas y/o familias damnificadas y ex adeptos.
Crear e implementar programas de asistencia psicológica y jurídica gratuita y eventualmente de rehabilitación o reinserción, para los ex miembros o víctimas de estos grupos/organizaciones coercitivas, como así también asistencia a su grupo familiar allegado (padres, hijos, hermanos, y cónyuges) en cada distrito del país.
4. - Remover el obsoleto registro de cultos que actualmente funciona en Argentina y que se reforme el funcionamiento e incumbencias del Registro Nacional de Cultos de manera que el Estado Nacional no resulte cómplice concediendo la autorización para el funcionamiento de organizaciones que se disfrazan con una fachada religiosa y cuyo fin oculto es la manipulación maliciosa de personas a fin de lograr beneficios de origen patrimonial, sexual o extraños a las creencias populares de nuestro país. Por ejemplo, reimplantar la exigencia de certificados de antecedentes penales y/o policiales respecto de las autoridades de las organizaciones que se registren –cuya exigencia fue derogada-, como así también la exigencia de actualizar dichos informes cada dos años como mínimo. Que dicho registro tenga por finalidad el control de las organizaciones que funcionan en el país, interpretándose como control el cumplimiento del objeto para el que fue creado. Ello, sin que dicha actividad pueda interpretarse como violación estatal a la libertad de cultos y creencias, habilitándose a aquellos que se crean afectados en el ejercicio del derecho a peticionar la intervención de la justicia a fin de dilucidar si existe o no violación al derecho constitucional mencionado.

* Se realice un estudio para la eventual creación de una unidad encargada del registro y supervisión del funcionamiento de entidades religiosas de derecho público y privado, que incluya el estudio de aquellas actividades susceptibles de ser calificadas como grupos/organizaciones coercitivas de motivación religiosa; que se encuentre dotada de las potestades para fiscalizar si las personas jurídicas religiosas se mantienen dentro de sus fines en la actividad que desarrollan después de su constitución y se establezca la obligación de las entidades religiosas de remitir los antecedentes que le sean solicitados, conciliando las que estas potestades se concilien con la libertad religiosa y quede siempre expedito el acceso de los interesados a los tribunales de justicia.
5. - Crear un grupo de investigación policial y judicial especializado en el tema.
* Creación de una unidad policial y judicial especializada en asociaciones ilícitas de alta peligrosidad social, que incluya la prevención y represión de actividades de características coercitivas peligrosas, incluyendo en ellas las de motivación religiosa, en coordinación con las entidades precedentes mencionadas en el punto 1. Su fundamento radica en que sobre este particular, es el Estado, en un sistema democrático, el principal garante de la vigencia de los derechos fundamentales y cuando estos derechos son violados o se encuentran en riesgo, deben entrar automáticamente en funcionamiento los mecanismos que los defiendan, sea previniendo a la población del peligro que representan o directamente prohibiendo su funcionamiento. En este sentido la tarea central de una Unidad Policial y Judicial Especializada en grupos/organizaciones coercitivas producirá la información que facilite, por una parte, la prevención, y por la otra, la acción rápida y eficaz por parte de la autoridad o justicia para actuar y sancionar.

6. – Tomar medidas fiscales de control a los grupos/organizaciones coercitivas investigadas.
Dado que los entes recaudadores nacionales y provinciales pueden fiscalizar a grupos/organizaciones coercitivas, el procedimiento de verificación de las declaraciones (incluyendo la verificación de contabilidad) puede detectar anomalías: déficit crónico, enriquecimiento no justificado de dirigentes o algunos miembros, etcétera. Ahora bien, sin constituirse en un cazador de brujas, el fisco puede atacar el fraude, la elusión y evasión de impuestos efectuados por estos grupos/organizaciones, a lo menos de aquellas que prosperan rápidamente. Finalmente, si la constitución de un grupo/organización es un medio de enriquecimiento personal de un gurú o de un dirigente, el control de la situación fiscal personal de éstos puede mostrar discrepancias entre los ingresos declarados por el contribuyente, su situación patrimonial y su estilo de vida.
7. - Prohibir la propaganda o difusión en medios masivos de los grupos/organizaciones que hayan sido condenados por sentencia firme.
El estudio y evaluación de la posibilidad de disponer como una sanción la disolución de la personalidad jurídica de los grupos/organizaciones a las que se les compruebe la realización de actividades coercitivas, adecuando la normativa que actualmente permite su inscripción si resultare necesario. En estos casos de disolución, se prohibirá la propaganda o difusión en medios masivos de comunicación de dichos grupos/organizaciones como de sus fundadores y/o líderes en forma individual.-
8. Solicitamos que en el caso de que la víctima sea mayor de edad cualquiera de los integrantes de su grupo familiar primario se encuentre legitimado para pedir judicialmente la evaluación psicológica y psiquiátrica de la presunta víctima a fin de determinar si se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y/o si se encuentra viciada su voluntad y/o consentimiento, como así también si necesita tratamiento psicoterapéutico y/o psiquiátrico, en cuyo caso el tratamiento debería ser impuesto por orden judicial a la persona con el fin de salvaguardar su integridad psicofísica. Asimismo, se decrete la inhibición general de bienes de la presunta víctima como medida cautelar provisoria, ante la acreditación sumaria y/o la mera sospecha de manipulación psicológica denunciada por sus familiares de primer o segundo grado, con la finalidad de prevenir la enajenación inducida maliciosamente y/o el endeudamiento injustificado y/o la dilapidación de los bienes, pudiéndose promover un instituto similar una curatela a fin de que se realice el tratamiento psiquiátrico adecuado y se le brinde el apoyo necesario hasta recomponer su integridad psicofísica. – Para que este punto pueda ser aplicado debería rever la nueva ley de salud mental aprobada en el año 2012, la cual no permite que un adicto sea internado sin su consentimiento.
9. – Que se contemple como un delito la manipulación psicológica ejercida para despojar de bienes a la víctima, o su explotación laboral, abuso o explotación sexual, incesto, agresión psicológica o física, negación de atención médica, ejercicio ilegal de la medicina así como el suicidio inducido por dichas prácticas.

Procurar el perfeccionamiento de los tipos penales relacionados con la libertad religiosa y con el actuar de los grupos/organizaciones como grupos delictuales, con miras a tipificar la manipulación mental de los fieles para conducirlos a situaciones tales como suicidios, profanaciones, acciones terroristas, perversión de menores, trata de personas, abusos deshonestos, etc.; entendiéndose por manipulación psicológica alejercicio de serias y repetidas presiones o técnicas destinadas a alterar la capacidad de juicio del adepto. En los tipos penales especiales sobre la materia deberán contemplarse como agravante, la comisión de delitos, en el marco de un grupo/organización coercitiva o nuevo grupo religioso (agresiones, abusos sexuales, asesinatos, lavado de dinero, extorsiones, estafas, manipulación psicológica…), y se sancione a los organizadores, promotores e inductores, de doctrinas que propugnen la realización de éstos. Asimismo, se deberá examinar si los marcos normativos a través de los cuales se tipifican los delitos de apropiación indebida, estafas y fraudes son adecuados a la realidad particular de grupos/organizaciones coercitivas.
Todo ello también con miras a que cese la instalación en nuestro país de los grupos/organizaciones coercitivas que han sido investigados en otros países (ejemplos: Estados Unidos, Francia, España, Alemania, Bélgica), y que en el nuestro operan con la certeza de impunidad, informados de que la legislación nacional es claramente insuficiente, tanto desde el punto de vista judicial como del administrativo, para impedirles sus actividades.
10. – Protección y guarda por parte del estado nacional en relación a los niños, niñas y adolescentes involucrados en grupos/organizaciones coercitivas. Permitir que los menores de edad soliciten la protección de los Defensores y Jueces de Menores, sin necesidad de la asistencia de un tutor o mayor a cargo. Instruir a los tribunales de minoridad sobre las problemáticas de la grupo dependencia y tener disponibles psicólogos especializados para la atención inmediata del niño.
* Establecer normas que resguarden explícitamente la protección de los derechos de la infancia, habilitándose a la autoridad de salud competente para que emita un pronunciamiento sobre la obligatoriedad de la asistencia sanitaria para el menor de edad cuando lo necesite, aun cuando sus padres o tutores la nieguen por sus creencias o prácticas coercitivas (concepciones religiosas).
* Otorgar a la institución del Estado que corresponda, al efecto de facilitar la fiscalización de comunidades cerradas vinculadas a la práctica de un culto religioso, cuando existan presunciones fundadas respecto de la permanencia de un menor en su interior, al margen de la custodia
 
VER ARTICULO SOBRE EL VACIO LEGAL EN LA JUSTICIA ACTUAL AQUI
http://www.librementes.org.ar/vacio-legal-actual/
 
LEY FRANCESA ABOUT PICARD
http://www.librementes.org.ar/ley-francesa-about-picard/
 
LEY LUXEMBURGO
http://www.librementes.org.ar/ley-luxemburgo-sancionada-ano-2013/
LEY DE BELGICA
http://www.librementes.org.ar/ley-de-belgica-sancionada-en-el-ano-2012/
LEY DE ASISTENCIA A VICTIMAS - PCIA DE CORDOBA -ARGENTINA
http://www.librementes.org.ar/ley-de-asistencia-a-victimas-de-sectas-de-la-pcia-de-cordoba-ano-2011/
MAS DATOS EN EL SITIO WEB DE NUESTRA ONG
http://www.librementes.org.ar/
NUESTRO CANAL DE YOUTUBE
WWW.YOUTUBE.COM/LIBREMENTES

Felizzz sábado...!!!

viernes, 6 de septiembre de 2013

Los amigos


Dos amigos iban caminando por el desierto.
En algún punto del viaje comenzaron a discutir, y un amigo le dio una bofetada al otro.
Lastimado, pero sin decir nada, escribió en la arena:

MI MEJOR AMIGO HOY ME DIO UNA BOFETEADA
Siguieron caminando hasta que encontraron un oasis, donde decidieron bañarse.
El amigo que había sido abofeteado comenzó a ahogarse, pero su amigo lo salvó.
Después de recuperarse, escribió en una piedra:

MI MEJOR AMIGO HOY SALVO MI  VIDA
El amigo que había abofeteado y salvado a su mejor amigo preguntó:
Cuando te lastimé escribiste en la arena

y ahora lo haces en una piedra. ¿Porqué?
El otro amigo le respondió:

Cuando alguien nos lastima
debemos escribirlo en la arena 
donde los vientos del perdón puedan borrarlo.
Pero cuando alguien hace algo bueno por nosotros,

debemos grabarlo en piedra
donde ningún viento pueda borrarlo.
Saludar al amigo a gritos y de madrugada,

es para él lo mismo que insultarlo.
Lo mismo es una mujer pendenciera
que una gotera constante en tiempo de lluvia.
Querer detenerla es querer detener el viento
o retener el aceite en la mano.
El hierro se afila con hierro,
y el hombre con otro hombre.
El que cuida de la higuera come los higos;
el que cuida de su amo recibe honores.
Así como las caras se reflejan en el agua,
así también los hombres se reflejan en su mente.
La muerte, el sepulcro y la codicia del hombre
jamás quedan satisfechos.
Al oro y la plata, el fuego los prueba;
al hombre lo prueban las alabanzas.
Al necio no se le quita lo necio
ni aunque lo muelas y lo remuelas.
 

ESTE DÍA HE SIDO HONRADO CON LA AMISTAD DE MUCHA GENTE MARAVILLOSA. ENTRE ELLAS TU.
CONSIDERA ESTO
“ GRABADO EN PIEDRA”

jueves, 5 de septiembre de 2013

LAS SECTAS

LAS SECTAS
Angel Martin Velayos C...R...C...
IMPERATOR DE LA ORDEN ROSACRUZ
En muchas ocasiones, ante preguntas que se me han hecho sobre el comportamiento de los miembros de la Orden Rosacruz en lo que concierne a nuestra institución, he declarado, y lo seguiré manteniendo, porque es algo que pertenece a mis convicciones profundas, que los Rosacruces deben ser siempre libres de escoger sus actos y sus afiliaciones. La Orden Rosacruz hace continuos esfuerzos para que nunca aquello que esté relacionado con la afiliación de sus miembros sea considerado de naturaleza sectaria y, en contrapartida, esperamos que los Rosacruces sepan apreciar el gran respeto que tiene la Orden Rosacruz por su libertad de elección. Sabemos por experiencia que los Rosacruces, que son personas inteligentes, saben apreciar este aspecto y, en consecuencia, mantienen, en su inmensa mayoría, un altísimo índice de lealtad a la Orden, precisamente por el respeto que muestra ella por su intimidad y libertad. El tema que nos ocupa está en candente actualidad y con mucha frecuencia es noticia en los periódicos, radio, y televisión. Desgraciadamente, en la cuestión de las sectas, los medios de comunicación social no suelen ser totalmente objetivos, ni la cuestión suele ser tratada con suficiente profundidad., lo que nos hace pensar que, o bien no se tiene un conocimiento muy preciso sobre dichas noticias y lo que interesa de su publicación es su sensacionalismo, o que hay ciertos intereses muy definidos por parte de ciertos grupos sociales, e incluso de instituciones oficiales, que están intoxicando a la opinión pública. Con relación a esto último cabe recordar un suceso acaecido hace algunos años. En esa ocasión fueron detenidos, en un céntrico hotel de Madrid, algunos integrantes de la Iglesia de la Scientología que estaban celebrando una convención. Ese suceso fue objeto de atención durante varios días en todos los telediarios y en las primeras páginas de los periódicos más importantes de España; pasados varios días, el supuesto escándalo fue dejando de ser noticia y los detenidos, que ya estaban recibiendo asistencia jurídica, fueron puestos en libertad. Mientras que para la mayor parte de la gente, que no reflexionó debidamente sobre la noticia, aquello era una muestra evidente del peligro que corre la sociedad con la proliferación de sectas, otros, los más cuidadosos en sus análisis, se hacían las siguientes preguntas: ¿Es que el país no tiene problemas más importantes, tales como drogas, paro, terrorismo, inseguridad ciudadana, etc. como para que un suceso de este calibre, en el que se ha demostrado que han tenido que dejar libres a los detenidos, ocupe las primeras páginas de los periódicos más importantes, y sea noticia de sumo interés nacional? Si tenemos en cuenta que cuando sucedió este hecho estaba a punto de producirse una huelga general, que llegó a paralizar al país por veinticuatro horas, y que España atravesaba por fuertes problemas sociales y laborales, es fácil comprender que todo este tinglado no era otra cosa que una cortina de humo para desviar la atención de los ciudadanos. Tal y como sucedían en la antigua Roma que para mantener alejados de los problemas a la ciudadanía, los emperadores daban al populacho «Pan y Circo» y en otras épocas fueron toros o fútbol, los gobernantes trataron, con una noticia fútil, desviar la atención de los ciudadanos sobre los grandes problemas y cuestiones ante los que se encontraba el país.
Los Rosacruces, al afrontar cualquier problemática, sea de índole filosófica, científica, o social, debemos ser veraces y valientes por lo que es conveniente que, tras un análisis de los hechos, podamos tener una comprensión y una opinión lo más correcta posible de las cosas. Ante el tema de las sectas y su proliferación debemos empezar definiendo aquello que es una secta y qué es lo que la convierte en peligrosa, así como los mecanismos sociales que deben ser articulados para evitar dicho peligro a la sociedad.
El significado etimológico de la palabra secta la define como todo grupo o asociación que constituya una sección dentro del conjunto de la sociedad. En ese sentido todo grupo humano, cualquiera que sea la índole del mismo, es una secta, llámese club social, agrupación deportiva, partido político, grupo religioso o empresa comercial.
En el sentido peyorativo, o despectivo de la palabra, una secta es toda agrupación, con propósitos definidos, que impone una forma de pensamiento y de conducta a sus miembros de la cual, de alguna manera, obtiene una ventaja o ganancias para la secta y para sus dirigentes.
Por regla general las sectas transmiten a sus acólitos, o al menos eso es lo que pretenden, la convicción que ellos son los lo únicos poseedores de la verdad y que fuera de la secta no pueden encontrar la salvación, la justicia, el conocimiento, etc. De acuerdo con estos hechos podemos plantearnos qué se entiende, o qué es lo que se nos quiere hacer entender por el concepto de secta: ¿Una secta lo es porque tiene un pequeño número de miembros? ¿O lo es por su ideología o acción, independientemente que ese grupo de personas sea muy amplio y extendido?
Si entendemos como secta no el número de sus miembros, sino su ideología y actuación, es conveniente que nos planteemos las siguientes consideraciones: Se consideran sectas a aquellas agrupaciones que pueden producir daño a la sociedad, o al género humano, incluyendo a sus miembros ¿Cómo podríamos definir entonces a grupos religiosos, de toda índole, que cuentan con centenares de millones de fieles y que han predicado o que predican la guerra santa, ocasionando con ello dolor, muerte y destrucción? ¿Que podemos pensar de los diferentes tipos de ideologías políticas que han causado guerra por sus aspiraciones expansionistas, o por extender su ideología? Se consideran sectas a las agrupaciones que promueven el fanatismo entre su integrantes ¿Cómo podríamos definir entonces a ciertas religiones de masas que han perseguido a los llamados infieles, los han torturado, los han quemado en hogueras, y les han sometido a la humillación por causa de sus sentimientos religiosos diferentes?
Se considera secta a aquella asociación que impone normas de conducta a sus seguidores. ¿Cómo podemos definir a las religiones que imponen un vestido determinado a sus fieles, que impiden que las mujeres puedan mostrar su rostro, que les indican cuando deben ayunar o comer, aunque eso pueda subsanarse mediante el pago de una bula que les autorice a comer alimentos prohibidos en ciertas épocas del año? ¿Cómo definiríamos a esas agrupaciones que regulan incluso el comportamiento sexual de sus acólitos? ¿No es cierto que esas agrupaciones mantienen órdenes religiosas en la que los monjes deben renunciar a su patrimonio, que deben obedecer a sus superiores, que pueden dormir poco, y comer lo que les ordena la comunidad, y que se les priva de todo contacto sexual, lo que deriva en muchas aberraciones?
Se llaman sectas a aquellas agrupaciones que piden trabajo voluntario, y sin remunerar, a sus miembros
¿Cómo definir entonces a las religiones y a los partidos políticos que obligan a sus militantes a trabajos en favor de su asociación, sin pago alguno, y en el nombre de los ideales?
Se dice que las sectas tratan de conseguir ganancias materiales, para la asociación o para su dirigentes ¿Es acaso lícito que una religión pida a sus fieles que les dejen sus bienes en testamento, como garantía de que alcanzarán el paraíso, o bajo de amenaza de ir a parar de cabeza al infierno? ¿Cómo consiguieron esas religiones tantas riquezas que harían ruborizarse de vergüenza a los profetas si volvieran a la vida y viesen lo que se ha hecho en su nombre? ¿Es honrado que muchos partidos políticos, de todo signo, utilicen el tráfico de influencias para conseguir financiación ilegal para mantener sus aparatos, y para el enriquecimiento de sus dirigentes? ¿No es eso sectario?
Aunque esas consideraciones son de mucho peso no debemos por ello perder de vista lo esencial y no podemos engañarnos al respecto.
Es cierto que pululan en la actualidad muchas sectas de carácter dañino, de pocos y de muchos asociados, y la sociedad debe protegerse y proteger a los ciudadanos de ellas; para ello se deberían articular normas y leyes justas que garanticen a los ciudadanos su protección física, mental, moral, e ideológica. Primero se debe partir del principio de igualdad ante la ley, eso quiere decir que deben ser investigadas, o controladas, todas las asociaciones, independientemente del número que las compongan o de si son débiles o verdaderos poderes fácticos.
Después se deberían regular la edad legal, en la que se supone que la persona es libre para elegir su asociación, que deberían coincidir con la mayoría de edad legal en cada país.
Se debería regular, también la forma de financiación de toda asociación que, en ningún caso, debería ser financiada o patrocinada por el estado ya que la asociación debe ser libre e independiente.
Al mismo tiempo se deben pasar auditorías a las cuentas de toda asociación, sea religiosa, política, deportiva, ciudadana, filosófica, etc. verificando escrupulosamente su contabilidad, así como los justificantes de ingresos y de gastos de mantenimiento de la asociación.
Estas y otras normas de control razonable evitarían que muchas agrupaciones peligrosas, que muchas sectas, pudiesen proliferar ya que se verían en la imposibilidad de hacer y deshacer a su gusto, por lo que no pondrán tanto interés en controlar la conducta de sus seguidores.
Todo Rosacruz debe ser libre, pensar como querría que se desarrollase su vida, no verse coartado por ninguna imposición arbitraria, vivir una vida natural en la que no se le imponga ninguna forma de comportamiento en el vestido, en la comida, en el descanso, en sus pensamientos, en su sexualidad, o en cualquiera de sus manifestaciones normales y naturales. Es muy importante que los Rosacruces tengan criterio propio; que por ellos mismos determinen su opinión, que sepan distinguir por si mismos, y que su conocimiento de las cosas les haga libres de las garras de la ignorancia y de la opresión de pensamiento.
Estas consideraciones sobre las sectas, y sus líneas de acción, podrán ayudarles en su reflexión para que, en uso de su sabia libertad, puedan determinar cuando actúan con conocimiento de causa, o cuando son intoxicados por opiniones interesadas.
¡Que la Paz Profunda more en sus corazones!

miércoles, 4 de septiembre de 2013

¡SHANÁ TOVÁ 5774!




 Rosh Hashaná ("cabeza de año") es el aniversario de la creación del hombre; y se denomina también Iom Hazikarón (Día del Recuerdo), porque es... el día en el que somos recordados a partir de las acciones que hicimos.
Nuestras conductas, nuestras formas de obrar no pasan indiferentes, sino que dejan huella.
Nuestras acciones quedan registradas y, por lo tanto, recordadas: por nosotros mismos, por nuestros pares y por algo trascendente, que llamamos D-s.
Es una metáfora conocida la de imaginar a D-s con un libro abierto, de hojas en blanco, en el que va inscribiendo o no, para este nuevo año, recordando todo lo que hicimos en el año que pasó.
El recuerdo también alude a construir y preservar la memoria colectiva. Recordar es, además, una responsabilidad de todos. Para ser responsable hay que recordar lo hecho.
En estos días hacemos Jeshvón Hanefesh —el balance del alma— clasificando los recuerdos en dos columnas: buenas y malas acciones.
Por eso, otro nombre de la festividad es Iom Hadín (Día del Juicio). Somos recordados y somos juzgados por algo que nos trasciende, que está por encima de nosotros.

Que en este Rosh Hashaná no vivamos la vida que nos vive, sino que seamos autores e intérpretes de la vida que queremos vivir
Es tiempo de cambio. Es tiempo de nacimiento. Es tiempo de inspiración. En la conciencia del amor trascendente tendremos la bendición y la posibilidad que inaugura este tiempo, ya que por amor vinimos al mundo y por ese mismo amor nos quedaremos en él aun cuando nos vayamos.

Le shaná tová tikatevu vetejatemu.
Que podamos ser inscriptos y renovados en este año para la vida.